Guía 2026

Cómo registrar una REPSE.

Quién necesita el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, qué documentos piden, cuánto tarda y qué obligaciones vienen después. Actualizada con el acuerdo de simplificación publicado en el DOF el 9 de junio de 2026.

El trámite es gratuito y lo hace tu empresa directamente en el portal de la STPS, repse.stps.gob.mx. Nadie puede cobrarte por el registro en sí.

Ver requisitos

Última revisión: 30 de octubre de 2026, contrastada con el resumen de Coparmex Jalisco del acuerdo. Contenido informativo; no sustituye la asesoría de un abogado laboral o un contador.

¿Lo necesitas?

El REPSE es para servicios especializados.

Desde la reforma de 2021 está prohibida la subcontratación de personal. Solo se permite prestar servicios u obras especializadas, y para eso necesitas estar inscrito en el REPSE.

Probablemente lo necesitas si…

  • Pones trabajadores tuyos a disposición de un cliente, en sus instalaciones o fuera de ellas, de forma permanente o periódica.
  • El servicio que das no es parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de tu cliente.
  • Ejemplos frecuentes: limpieza, seguridad privada, mantenimiento, comedores, transporte de personal, maquila de nómina o servicios de TI.

Cuidado si…

  • Tu personal hace lo mismo que hace tu cliente como negocio principal. Eso puede considerarse subcontratación prohibida, aunque tengas REPSE.
  • Solo vendes un producto o das un servicio sin poner personal a disposición del cliente: en ese caso puede que no lo necesites.
  • Hay servicios compartidos entre empresas del mismo grupo: tienen reglas propias.
Requisitos

Lo que piden depende de cuántos trabajadores tienes.

El acuerdo publicado en el DOF el 9 de junio de 2026 unificó inscripción, renovación, actualización y cancelación en un solo trámite (homoclave STPS-086-0002), eliminó el comprobante de domicilio y separó los requisitos en dos grupos. La STPS no puede pedir documentos distintos a los que prevé el acuerdo.

DocumentoHasta 10
trabajadores
Más de 10
trabajadores
Formulario en el portal de la STPSSíSí
Acta constitutiva con objeto social vigente (persona moral) o constancia de situación fiscal (persona física)SíSí
Identificación oficial vigente del representante legalNoSí
Poder notarial del representante legal, cuando aplicaNoSí
Registro patronal ante el IMSSNoSí
Comprobantes de nóminaNoSí
Cédula de determinación de cuotas emitida por el SUANoSí
Otros documentos que la STPS prevea para acreditar el cumplimiento fiscal y laboralNoSegún el caso
Comprobante de domicilioYa no se pideYa no se pide

Además, tu empresa debe estar al corriente con el SAT, el IMSS y el Infonavit. No es un documento que se adjunte, pero los adeudos son causa de negativa y de cancelación.

Paso a paso

Del portal al aviso de registro.

Ten lista tu e.firma

El trámite se hace en línea en repse.stps.gob.mx con la e.firma de la empresa o de la persona física.

Define tus actividades especializadas

Descríbelas con precisión: son las que podrás poner en tus contratos. Deben coincidir con tu objeto social y no ser la actividad principal de tus clientes.

Llena el formulario y adjunta los documentos

Según tu número de trabajadores. Revisa que el objeto social del acta cubra las actividades que vas a registrar.

Espera la resolución

Hasta 5 días hábiles si tienes hasta 10 trabajadores y hasta 15 si tienes más; antes eran 20 en ambos casos. Si la STPS no responde a tiempo, la Ley Federal del Trabajo prevé que puedas requerir la resolución; revisa con tu asesor cómo y cuándo hacerlo.

Recibe tu aviso de registro

Con tu folio REPSE y las actividades autorizadas. Desde ese momento apareces en el padrón público.

Renueva cada tres años

El registro dura tres años. Solicita la renovación dentro de los tres meses previos al vencimiento; si se vence, se cancela.

Después del registro

El registro es el inicio. Mantenerlo es el trabajo.

En 2025, la STPS canceló más de 51 mil registros por incumplimientos. Estas son las obligaciones que más pesan.

Contratos con folio

Cada contrato de servicios especializados debe indicar tu folio REPSE, el objeto del servicio y el número aproximado de trabajadores.

ICSOE y SISUB

Informativas cuatrimestrales ante el IMSS y el Infonavit con los contratos vigentes de cada cliente.

Opiniones de cumplimiento

Mantén en positivo tus opiniones del SAT, el IMSS y el Infonavit. El IMSS y la STPS cruzan esa información con el padrón.

Evidencias mensuales

Tus clientes te pedirán cada mes CFDI de nómina, pagos de cuotas y declaraciones para poder deducir lo que te pagan.

Haz que tu REPSE nazca agéntica.

Si estás empezando, es el mejor momento: los agentes de IA pueden encargarse desde el primer día del reclutamiento, los expedientes, la conciliación de nómina contra SUA y las evidencias para tus clientes.

Conoce los agentes